No fueron uno sino dos, los reveses judiciales que tuvo este jueves el Gobierno en su intención de poner en práctica profundas reformas a la economía argentina sin pasar por el Congreso y mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) puesto en vigencia el último día de 2023.

Es que por un lado, la Cámara del Trabajo dictó una nueva medida cautelar que suspende la reforma laboral incluida en el citado DNU 70/2023, mientras que por otro el juez Enrique Lavié Pico habilitó la feria judicial de enero y activó distintos casos que buscan anular todo el decreto.

En relación a la decisión adoptada por la cámara del fuero laboral, se trata de la segunda cautelar concedida por ese tribunal, en virtud de que ya el miércoles había hecho lugar a un planteo de la CGT y ahora a uno de la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA).

Mientras tanto, en el fuero Contencioso Administrativo Federal el juez Lavié Pico habilitó la feria para tratar, por separado, distintos amparos presentados contra la totalidad del DNU, lo que desarma el proceso colectivo en el cual el Gobierno de Javier Milei pretendía que confluyeran todos los cuestionamientos a esa medida; dicho en otro términos, lo que el Gobierno pretendía era sacarle el caso de la CGT a la justicia del Trabajo.

Así, sólo con un recurso ante la Corte Suprema podría el Ejecutivo dejar sin efecto la cautelar que suspende la reforma laboral dispuesta por decreto; el máximo Tribunal ya avisó que sólo atenderá estos casos en febrero.

Lavié Pico declaró la “inadmisibilidad formal de la acción como proceso colectivo” y comunicó al Registro de Procesos Colectivos, para su "desvinculación inmediata".

El magistrado declaró la “inadmisibilidad formal de la acción como proceso colectivo” y comunicó al Registro de Procesos Colectivos, para su "desvinculación inmediata".

En esa dirección, Lavié Pico -de turno en la feria judicial- ordenó que sean remitidas a "las jurisdicciones correspondientes" las "actuaciones que hubieran sido vinculadas al presente proceso" colectivo.

A marzo

Fue en ese contexto que el magistrado consideró que se volvía inoficioso el pedido de inhibitoria del Estado Nacional para acumular las causas en trámite en el fuero laboral -donde se dictaron medidas cautelares que suspenden parte del DNU- al fuero Contencioso Administrativo Federal.

El magistrado notificó de lo resuelto al Poder Ejecutivo, que ahora deberá presentar informes por separado en cada una de las causas. Otro camino que tendrá la defensa oficial para desactivar el proceso colectivo, sería preparar una apelación para que la Cámara en lo Contencioso la revierta.

De cualquier modo, tanto Rodolfo Barra, Procurador General del Tesoro, como Mariano Cuneo Libarona, ministro de Justicia de la Nación, tienen horas difíciles para explicarle al presidente Javier Milei que, al menos hasta aquí, la táctica de ir por todo con el DNU sin pasar por el Congreso no les estaría dando resultado.