El Poder Ejecutivo Nacional envió hoy al Congreso el proyecto de ley para modificar el Impuesto a las Ganancias, por el cual busca establecer un nuevo mínimo no imponible de $ 1.770.000 además de una nueva escala de pago para quienes superen ese monto a partir del 1° de enero de 2024.

El proyecto de ley, que además impulsa la eliminación de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias, tomará estado parlamentario mañana, cuando empiece a ser debatida en la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados.

El debate comenzará a las 11 en una reunión de la comisión que preside Carlos Heller. La intención del oficialismo es emitir dictamen el lunes, para poder llevarlo el martes a Diputados, en una sesión especial que impulsará el Frente de Todos.

“La medida tiene como objetivo gravar, exclusivamente, los ingresos mayores a  $ 1.770.000, importe que actuará como mínimo no imponible”, indica el texto de la norma.

“La medida tiene como objeto gravar, exclusivamente, a estos mayores ingresos, con un impuesto cedular (esto es, separado de la determinación de la escala progresiva actual), entendiendo como tales a los que superen el equivalente a 15 Salarios Mínimos, Vitales Y Móviles mensuales –en la actualidad, equivale a $ 1.770.000- actuando dicho importe como un mínimo no imponible”, indica el texto de la norma.

El texto, que ya ingresó al Parlamento, precisa que “la determinación del impuesto se efectúa de acuerdo al siguiente mecanismo: se considera, al comienzo del período fiscal, el valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente el 1° de enero de ese año, el que se actualizará el 1° de julio de cada año fiscal, considerando el valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente a esa nueva fecha”.

A su vez propone que “las retenciones realizadas sobre las ganancias netas percibidas durante el primer semestre del año fiscal se ajustare considerando el valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente en el mes de julio, toda vez que la escala progresiva que, en definitiva, aplique para todo el período anual, es la de los montos del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente a julio”.

“De esta forma solo pagarán el impuesto contribuyentes, lo que representa menos del 1 % del total de las remuneraciones, jubilaciones y pensiones, quedando así alcanzados únicamente los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia y las jubilaciones y pensiones de privilegio”, señaló el Poder Ejecutivo en su explicación a los legisladores.